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Cómo disolver y liquidar una OSC | Legal y Fiscal

​Las organizaciones contribuyen a la gobernabilidad del país a través del fortalecimiento del  tejido social, la promoción de la participación ciudadana y el otorgamiento de servicios a la población desprotegida trabajando para el desarrollo de comunidades, mujeres, niños, jóvenes y grupos vulnerables.

Aunque crear una organización no es fácil, puede traer muchos ventajas. Da la posibilidad de acceder a recursos públicos y privados, ofrecer una muestra de trabajo serio y permanente a la comunidad y la posibilidad de poder ser evaluado así como  dar más confianza a las personas con quienes se trabaja.

Otra ventaja es que permite trabajar de una manera independiente, planear mejor la organización, definir su estructura y reglas así como darle una identidad propia.

La formalidad para la constitución legal  de una OSC pasa por un proceso de requerimientos legales y fiscales que le obligan a incluir ciertas  cláusulas en sus estatutos a fin de permitirle acceder a recursos públicos, exenciones fiscales así como definir las posibles causas de disolución de la organización hasta el proceso a seguir para la  liquidación de la misma.
¿Por qué puede disolverse una organización?

Existen muchas razones por las que se puede disolver una organización:
  • Falta de dinero, la organización ha perdido a todos sus donantes
  • Falta de energía, sus miembros están agotados del trabajo y el esfuerzo
  • La organización se ha vuelto una carga muy pesada para el staff, el Consejo y los voluntarios
  • La organización ha cumplido con su misión
  • Las condiciones pueden haber cambiado y la organización ya no es viable
  • El staff ha abandonado a la organización
  • La organización ha perdido sus instalaciones o algún servicio donado
  • Una enorme deuda
  • Salarios sin pagar
  • Escándalo o daño a la reputación de la organización
  • Problemas legales
  • Porque así lo ha decido el Consejo
La legislación mexicana prevé ciertas razones para la disolución de una organización, así como declaraciones que deben formar parte sus estatutos.  Estas son:
  • Por acuerdo tomado en asamblea.
  • Por haber concluido el término fijado para su duración.
  • Por haberse conseguido el objeto de la asociacióno por imposibilidad de realizar el mismo
  • Por resolución dictada por autoridad competente.
​Una vez declarada la disolución de la OSC, esta tiene que proceder a cumplir con ciertos requisitos legales para su liquidación.
Como liquidar la organización.
  1. .Para las OSC inscritas en el Registro Federal  de las OSC (CLUNI)
    La Ley Federal de Fomento a las  Actividades realizadas por las OSC (LFOSC)  en su Art. 7 y 15 de su reglamento obliga a las organizaciones a notificar lo antes posible el proceso de disolución al Registro.

    Este proceso se puede hacer ingresando al Micro Sitio de las OSC  y llenando el formato de disolución en línea, al cual se le anexarán los documentos que se piden como requisito.  El formato se firma por los representante(s) legal (es) de la organización quienes una vez entregado el formato firmado en el módulo (oficina de Sedesol en los estados o en la ciudad de México) de la Comisión de Fomento, recibirán un acuse de recibo.

    Para ello, debe transmitir los bienes que haya adquirido con los apoyos o estímulos públicos a otra u otras organizaciones de su elección, que también estén inscritas en el Registro y que realicen actividades objeto de fomento (Art. 5 LFOSC).

    Para poder ubicar a una organización a quien se le entregaran los bienes, se puede visitar la página www.corresponsabilidad.gob.mxmediante el  Buscador de OSC.

  2. Para las organizaciones inscritas en el Registro Federal (CLUNI) y autorizadas para expedir recibos deducibles de Impuestos sobre la Renta (donatarias autorizadas)

    Estas organizaciones deberán seguir el mismo procedimiento que las anteriores con la excepción de que al momento de la liquidación destinara la totalidad de su patrimonio, incluyendo los apoyos y estímulos públicos, a otras organizaciones autorizadas para recibir donativos deducibles de impuestos sobre la renta y que se encuentren inscritas en el Registro Federal de las OSC.

  3. Para las organizaciones autorizadas para expedir recibos deducibles del Impuesto sobre la Renta (y que no están inscritas en el Registro de OSC).
    ​

    El procedimiento para la notificación es el mismo a excepción de que destinara la totalidad de su patrimonio a otra organización que esté autorizada para recibir donativos deducibles del Impuesto sobre la Renta.
Qué más hay que hacer.
Independientemente de los procedimientos legales y fiscales que se tengan que seguir para la disolución y liquidación de una organización, es muy importante atender los siguientes aspectos:
  • Notificar de la disolución a los empleados
  • Cuidar que los beneficiarios no se queden sin atención, referirlos a otra organización y regresarles sus cuotas o aportaciones por el  servicio
  • Notificar a los donantes lo que está sucediendo
  • Pagar las deudas
  • Documentar la vida de la organización; la experiencia puede servir a otras organizaciones.
  • Reconocer al staff, al Consejo, a los voluntarios; darles las gracias
  • Realizar una reunión de Consejo en donde se tome la decisión de la disolución y registrar la decisión en las actas del Consejo
  • Realizar un inventario de todos los activos para su transferencia a otra organización
[1]http://nonprofit.about.com/od/faqsthebasics/f/closingnonprofit.htm?nl=1
[2]http://www.corresponsabilidad.gob.mx/sistema/sirfosc/seccionpagina/contenido/seccioncontenido/Anexos/archivos/Anexo82.pdf
[3]www.correponsabilidad.gob.mx
[4]http://nonprofit.about.com/od/faqsthebasics/f/closingnonprofit.htm?nl=1
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La AFF apoya a una red de organizaciones que construyen prosperidad a través del liderazgo, la colaboración y la filantropía en la región fronteriza entre México y los EE.UU.

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​Algunos de los contenidos fueron traducidos por la
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