Cómo incluir propuestas de las OSC en los planes municipales de desarrollo | Aspectos básicos
En México, es responsabilidad del Presidente de la Republica, al inicio de su gestión, conducir la planeación nacional de desarrollo con la participación democrática de los grupos sociales. El Plan Nacional de Desarrollo contiene los objetivos nacionales, estrategias y prioridades del desarrollo integral y sustentable del país, contiene las previsiones sobre los recursos que serán asignados a tales fines; determina los instrumentos y responsables de su ejecución, establece los lineamientos de política de carácter global, sectorial y regional; sus previsiones se refieren al conjunto de la actividad económica, social y cultural, tomando siempre en cuenta las variables ambientales que se relacionen a éstas y rige el contenido de los programas que se generen en el sistema nacional de planeación democrática.
El mes de marzo de cada año, el Ejecutivo debe remitir a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el informe de las acciones y resultados de la ejecución de dicho Plan.
El Plan Nacional de Desarrollo debe elaborarse, aprobarse y publicarse dentro de un plazo de seis meses contados a partir de la fecha en que toma posesión el Presidente de la Republica y su vigencia no excede su periodo constitucional.
Los Gobiernos de los Estados y los Municipios también están obligados a desarrollar sus Planes de Desarrollo Estatal y Municipal con la participación y consulta a los diferentes grupos sociales de la población con el propósito de que expresen sus opiniones para la elaboración, actualización, control, ejecución y evaluación de los mismos.
En estos planes se determinan las acciones, estrategias y presupuestos a seguir por cada administración pública, por lo tanto en ellos se refleja lo que se quiere y necesita para tu ciudad.
Las OSC son un ejemplo claro de que los ciudadanos organizados tienen las posibilidades de hacer un aporte sustancial al bienestar social y a la consolidación democrática del país; colaborando con el Estado, la familia y el mercado – sin desplazarlos -; ofreciendo respuestas innovadoras, energía, recursos, conocimientos e interés en la solución de problemas locales y nacionales.
En este contexto es que las OSC pueden hacer aportes al Plan Municipal de su Municipio.
¿Cómo lo pueden hacer?
Según las leyes de planeación de cada estado, ésta debe establecer los mecanismos que facilitaran a los grupos sociales su participación. Pero muy a menudo estos mecanismos no quedan bien establecidos, no son claros o son simulados.
En el Municipio, la responsabilidad de elaborar el Plan de Desarrollo de la Administración Municipal recae en el Cabildo, el cual está conformado por los Regidores y el Presidente Municipal.
Una forma de asegurar la inclusión de las propuestas de las OSC en la elaboración del Plan Municipal es presentarlas ante esta instancia.
A continuación te presentamos un esquema sobre el cual te sugerimos hacer tus aportaciones ante el Cabildo de tu localidad:
El mes de marzo de cada año, el Ejecutivo debe remitir a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el informe de las acciones y resultados de la ejecución de dicho Plan.
El Plan Nacional de Desarrollo debe elaborarse, aprobarse y publicarse dentro de un plazo de seis meses contados a partir de la fecha en que toma posesión el Presidente de la Republica y su vigencia no excede su periodo constitucional.
Los Gobiernos de los Estados y los Municipios también están obligados a desarrollar sus Planes de Desarrollo Estatal y Municipal con la participación y consulta a los diferentes grupos sociales de la población con el propósito de que expresen sus opiniones para la elaboración, actualización, control, ejecución y evaluación de los mismos.
En estos planes se determinan las acciones, estrategias y presupuestos a seguir por cada administración pública, por lo tanto en ellos se refleja lo que se quiere y necesita para tu ciudad.
Las OSC son un ejemplo claro de que los ciudadanos organizados tienen las posibilidades de hacer un aporte sustancial al bienestar social y a la consolidación democrática del país; colaborando con el Estado, la familia y el mercado – sin desplazarlos -; ofreciendo respuestas innovadoras, energía, recursos, conocimientos e interés en la solución de problemas locales y nacionales.
En este contexto es que las OSC pueden hacer aportes al Plan Municipal de su Municipio.
¿Cómo lo pueden hacer?
Según las leyes de planeación de cada estado, ésta debe establecer los mecanismos que facilitaran a los grupos sociales su participación. Pero muy a menudo estos mecanismos no quedan bien establecidos, no son claros o son simulados.
En el Municipio, la responsabilidad de elaborar el Plan de Desarrollo de la Administración Municipal recae en el Cabildo, el cual está conformado por los Regidores y el Presidente Municipal.
Una forma de asegurar la inclusión de las propuestas de las OSC en la elaboración del Plan Municipal es presentarlas ante esta instancia.
A continuación te presentamos un esquema sobre el cual te sugerimos hacer tus aportaciones ante el Cabildo de tu localidad:
I. Exposición de motivos(planteamiento del problema ej. Falta de accesibilidad para las personas con discapacidad)
II. Propuesta(s). Ofrece la solución al problema(s) que atiendes como organización (Ej. Modificación al Reglamento de Construcción del Municipio para incluir la accesibilidad obligatoria en los edificios públicos y privados y en la infraestructura urbana de acuerdo al Reglamento Federal sobre Accesibilidad).
- Causa que atiende la organización(ej. Discapacidad)
- Estadísticas(ej. Estadísticas sobre la situación de las personas con discapacidad en cuanto a la accesibilidad en el municipio)
- Marco Legal(ej. En el caso de la discapacidad: Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Art. 9 Accesibilidad; Art. 1 de la Constitución, Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Cap. IV. Accesibilidad y Vivienda; Ley Estatal sobre la Discapacidad. Citar artículos que hablan sobre la accesibilidad)
II. Propuesta(s). Ofrece la solución al problema(s) que atiendes como organización (Ej. Modificación al Reglamento de Construcción del Municipio para incluir la accesibilidad obligatoria en los edificios públicos y privados y en la infraestructura urbana de acuerdo al Reglamento Federal sobre Accesibilidad).
- Cuánto costará(Ej. Sin costo, solo requiere de voluntad política y eficiencia)
- Quién lo tiene que llevar a cabo(qué dependencia de la administración municipal, ej. La propuesta es modificar el reglamento municipal entonces el responsable es el Cabildo)
- Cuándo(cuándo se tiene que llevar a cabo la propuesta Ej. Durante el primer año de la Administración Municipal)
- Con quién(con qué dependencia y/o organizaciones se llevara a cabo la propuesta Ej. Regidores, OSC de y para personas con discapacidad, Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, Instituto de Planeación Municipal, Asociaciones de Ingenieros y Arquitectos)
- Meta(Ej. Aprobación del reglamento con obligación a la accesibilidad en todas las construcciones)
- Indicadores de Evaluación(ej. Acta de Sesión de Cabildo que autoriza la modificación, publicación en el Diario Oficial del Nuevo Reglamento de Construcción)
Toma en cuenta que los Planes Municipales de Desarrollo de cada municipio del estado se elaboran, aprueban y publican dentro de un plazo de cuatro meses, contados a partir de la fecha de toma de posesión de los Ayuntamientos respectivos y su vigencia no excede el periodo constitucional que les corresponde.
La participación de las OSC en la agenda pública, aunada a compartir sus experiencias, es el ejercicio de un derecho ciudadano a participar democráticamente.
El Articulo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos nos garantiza el derecho de petición:
“Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.
A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario”.
La participación de las OSC en la agenda pública, aunada a compartir sus experiencias, es el ejercicio de un derecho ciudadano a participar democráticamente.
El Articulo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos nos garantiza el derecho de petición:
“Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.
A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario”.
Ley de Planeación, Capitulo Primero, Articulo 4º.
Ley de Planeación, Capitulo Cuarto, Articulo 21
Ley de Planeación, Capitulo Primero, Articulo 6º.
Ley de Planeación, Capitulo Cuarto, Articulo 21
Definición de una Agenda Fiscal para el desarrollo de las organizaciones de la sociedad civil en México. Incide Social, A.C. 2007
Asamblea de Organizaciones. Plan Estratégico de Juárez. Propuestas al Plan Municipal de Desarrollo 2013-2016. Cd. Juárez, Chih.
Ley de Planeación, Capitulo Cuarto, Articulo 21
Ley de Planeación, Capitulo Primero, Articulo 6º.
Ley de Planeación, Capitulo Cuarto, Articulo 21
Definición de una Agenda Fiscal para el desarrollo de las organizaciones de la sociedad civil en México. Incide Social, A.C. 2007
Asamblea de Organizaciones. Plan Estratégico de Juárez. Propuestas al Plan Municipal de Desarrollo 2013-2016. Cd. Juárez, Chih.