Políticas de procuración de fondos | Procuración de fondos
Introducción
La organización ABC es una organización sin fines de lucro cuya misión es "...
Esta política aplica a personal permanente y temporal, voluntarios y consejeros directivos de la organización.
Todos los donativos solicitados por o en nombre de la organización, deberán ser aplicados hacia el cumplimiento de dicha misión, de conformidad con las políticas que se señalan a continuación:
Solicitud de donativos
- Todos los donativos deberán solicitarse de manera respetuosa y sin ejercer presión hacia el donante.
- Todas las personas ajenas a la organización que procuren fondos en su nombre, deberán contar con una autorización por escrito del director ejecutivo.
- La organización asegurará que se cumplen los deseos de los donantes sobre la aplicación de su donativo y que se le brindará información / documentación necesaria para comprobar que fue utilizado para los fines para los cuales fue donado.
- La organización emitirá comprobantes fiscales a cambio de todo donativo recibido en un periodo de máximo 48 horas de haber recibido el donativo.
- Todas las actividades de procuración de fondos deberán ser aprobadas por el director ejecutivo previamente a su realización y coordinarse por la persona a cargo de la procuración de fondos.
Registro, agradecimiento y reconocimiento de donativos
- Todo donativo se agradecerá por escrito a más tardar dentro de las siguientes 48 horas de haberse recibido mediante una carta firmada por el presidente (donativos en efectivo o en especie mayores de $__), o el director (donativos en efectivo o en especie menores de $__).
- Por lo menos una vez al año, el presidente del consejo directivo, un integrante del consejo directivo o el director ejecutivo realizará una llamada de agradecimiento a cada donante mayor.
- Cada nuevo donante / donativo será ingresado en la base de datos conforme a los lineamientos establecidos y se respetarán sus indicaciones en cuanto a privacidad se refiere.
- Todo donativo deberá notificarse al departamento de procuración de fondos para su adecuado registro y de ahí deberá enviarse al departamento de contabilidad para su registro contable y depósito.
- El departamento de procuración de fondos deberá enviar al director y presidente un reporte mensual de los donativos recibidos.
- El reconocimiento a los donantes deberá realizarse en tiempo y forma de acuerdo con la tabla de reconocimiento establecida y aprobada por el consejo directivo.
Privacidad de los donantes
- Toda la información obtenida de un donante será utilizada por la organización únicamente para los fines relacionados con dicho donativo y no será compartida con terceros (salvo que una autoridad competente lo solicite) a menos de contar con permiso por escrito del donante para compartir su información.
- La organización respetará la privacidad de los donantes que desean permanecer anónimos no divulgando su nombre. Cuando se agradezca o reconozcan dichos donativos, se utilizará la leyenda "anónimo" para evidenciar el apoyo y respetar los deseos del donante.
- La organización no compartirá ni divulgará sus bases de datos de donantes.
- La organización solicitará permiso a los donantes para hacerles llegar información electrónica o impresa. La organización deberá asegurar que cuenta con mecanismos para no incluir en las listas de envíos los datos de donantes que deseen dejar de recibir comunicados y materiales.
- Los donantes deberán brindar su permiso expreso para que los integrantes de la organización los contacten vía telefónica.
- La organización dará a conocer a todos sus donantes su aviso de privacidad.
Aceptación de donativos
- Los donativos que la organización ABC puede recibir son los siguientes:
- Donativos en efectivo.
- Donativos en especie siempre y cuando estén relacionados con nuestro objeto social. En caso contrario, se deberá rechazar y ofrecer al donante ayuda para determinar qué otra organización puede recibirlo. De conformidad con la ley en México, los comprobantes fiscales por donativos en especie no deberán incluir monto, únicamente descripción de los bienes.
- Cuando un donativo sea mayor al monto que marca la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, el coordinador de procuración de fondos deberá llevar los registros conforme a dicha ley.
- En caso de donativos restringidos, se deberán asegurar los mecanismos para su adecuado control y seguimiento.
- No se aceptarán donativos provenientes de empresas o fuentes cuyos valores sean contrarios o incongruentes con nuestra misión.
- No se aceptarán donativos condicionados a la realización de proyectos o programas ajenos a nuestro objeto social.